El acuerdo provisional limita la etiqueta europea a las mercancías de terceros países que acrediten normas equivalentes y controles adicionales, una medida clave para proteger al productor comunitario y reforzar la confianza del consumidor.
La Unión Europea avanza hacia un control más estricto del etiquetado ecológico en los productos procedentes de terceros países. Los negociadores del Parlamento Europeo y del Consejo han alcanzado un acuerdo provisional para modificar la normativa de producción y etiquetado ecológico, con el objetivo de evitar que mercancías importadas utilicen el logotipo comunitario si no cumplen exigencias equiparables a las aplicadas dentro del mercado europeo.
La medida supone que los alimentos y productos agrarios llegados desde fuera de la UE solo podrán presentarse como ecológicos con el distintivo europeo cuando demuestren que responden a estándares equivalentes y que superan requisitos adicionales en materia de producción, trazabilidad y control. Para el sector agrario comunitario, el cambio busca corregir una de las principales demandas de los productores: competir en igualdad de condiciones frente a importaciones sometidas, en ocasiones, a marcos regulatorios distintos.
El ajuste normativo pretende también reforzar la credibilidad del sello ecológico europeo ante el consumidor. La etiqueta verde con la hoja formada por estrellas se ha convertido en una referencia habitual en los lineales y su valor comercial depende, en buena medida, de que el comprador perciba que detrás del distintivo existen reglas claras y controles homogéneos.
Desde Bruselas se defiende que la nueva redacción facilitará una información más transparente en el momento de la compra, especialmente en el caso de productos originarios de países con acuerdos de equivalencia en materia ecológica. La clave estará en diferenciar entre mercancías que cumplen plenamente las normas comunitarias y aquellas que, aun procediendo de sistemas reconocidos, deberán acreditar requisitos suficientes para poder lucir el logotipo de la UE.
El acuerdo incorpora además cambios que afectan a pequeñas empresas que venden productos ecológicos sin envasar directamente al consumidor final. En estos casos, podrán quedar exentas de determinados procedimientos de certificación siempre que no superen unos límites concretos de facturación y volumen de ventas. Los negociadores han planteado elevar el umbral de facturación anual de 20.000 a 40.000 euros y aumentar el volumen máximo de ventas de 5.000 a 10.000 kilos al año.
Otro de los puntos incluidos se refiere a la contaminación cruzada entre producciones ecológicas y convencionales. La Comisión Europea deberá publicar información sobre buenas prácticas para prevenir estas situaciones, con una referencia temporal fijada a partir del 31 de diciembre de 2031. Esta cuestión es especialmente sensible en explotaciones y zonas productoras donde conviven ambos modelos de cultivo.
El origen de esta revisión se encuentra en una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de octubre de 2024, que abrió el debate sobre el uso del logotipo ecológico comunitario por parte de productos importados amparados en acuerdos de equivalencia. Con la modificación ahora pactada, las instituciones europeas buscan dar seguridad jurídica, evitar distorsiones comerciales y preservar el valor añadido de la producción ecológica europea.
Para agricultores, ganaderos y operadores ecológicos de la UE, el nuevo marco supone un paso relevante en la defensa del mercado interior. El sector venía reclamando que las importaciones que compiten en los mismos canales comerciales respondan a garantías comparables, tanto en las prácticas productivas como en los controles oficiales, para que el diferencial de precio asociado a lo ecológico no se vea erosionado por una competencia menos exigente.
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