Se publica en el BOPA una nueva ordenanza del ayuntamiento de Tabernas que lo autoriza
El desierto tendrá en breve un nuevo inquilino, las explotaciones agrícolas bajo plástico.
El Desierto de Tabernas, a priori para los no entendidos en la materia, puede resultar un lugar tan inhóspito y sobre todo tan carente de recursos hídricos como para convertirse en un oasis para las explotaciones agrícolas. Craso error. Así lo demuestra el Ayuntamiento de Tabernas que ya tiene vigente, según reza en la edición de ayer del Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOPA), la ordenanza que regula la instalación de invernaderos dentro de su término municipal y que puede acabar con la imagen cinéfila del desierto al adoptar a estas superficies bajo plástico.
La iniciativa viene a recoger una demanda que iba in crescendo por parte de particulares y empresas de la comarca y que hasta el momento habían recibido la negativa por parte del Ayuntamiento al no existir una ordenanza que regulase este tipo de explotaciones agrícolas. Algo que no afectaba hasta el momento a las pocas ya existentes dentro del término municipal.
Con su publicación ayer en el BOPA, se da el pistoletazo de salida para el asentamiento de la agricultura bajo plástico, un práctica más extendida en la comarca del Poniente tal. Según los últimos datos que baraja Consejería de Agricultura, la evolución de la superficie invernada en la provincia va en aumento desde el año 2010. Concretamente en Tabernas, en la actualidad hay 14,29 hectáreas, muy lejos de las 12.286 que se registran en El Ejido.
La ordenanza si deja muy claro que hay que respetar las zonas protegidas del Desierto de Tabernas así como otros lugares como los yacimientos arqueológicos, por lo que estipula diversas condiciones para poder recibir el espaldarazo por parte del Consistorio de la localidad.
Entre ellas, está el hecho de que como mínimo se deberá de asentar en una parcela de 5.000 metros cuadrados y que la ocupación de la superficie invernada deberá ser de como máximo del 85% de la superficie total.
Además, estipula que estas explotaciones no podrán ubicarse a menos de 25 metros de distancias de viviendas ya existentes y de diez de terrenos de dominio público hidráulicos.
La normativa también establece que para poder acometer su construcción se requerirá la obtención de una licencia municipal de obra mayor y para tal fin se deberán de presentar una serie de documentación que permita a los servicios técnicos del Ayuntamiento dilucidar que la explotación cumple con todos los requisitos.
Asimismo, los propietarios de invernaderos están obligados a permitir el acceso a las autoridades municipales para las correspondientes inspecciones.
Consulte todo el contenido de Agroprecios totalmente gratis durante una semana.