En enero ha entrado en vigor el nuevo Reglamento de Agricultura Ecológica Europea: 2018/848, que desarrolla y mejora el anterior.
Responde así a la demanda de un creciente número de consumidores que desean consumir productos agrícolas y ganaderos, procedentes de sistemas de producción agropecuarias que combinan las mejores prácticas en materia de medio ambiente y clima, un elevado nivel de biodiversidad, la conservación de los recursos naturales y la aplicación de normas exigentes sobre bienestar animal.
A continuación, exponemos los cambios más destacados del nuevo reglamento:
Se amplía la gama de productos que se pueden certificar, como levaduras para industria agroalimentaria, corcho natural, aceites esenciales, cera de abeja, algodón, lana, sal marina o capullos de seda.
Se refuerzan los controles en toda la cadena agroalimentaria ecológica para desarrollar la confianza del consumidor.
Se facilita la certificación de los pequeños agricultores mediante la creación de certificación de grupos.
Certificaciones de grupo
El Reglamento legisla para que pequeños agricultores tengan la posibilidad de certificar en grupo bajo una serie de condicionantes: Legislación Artículo 36 Reglamento (UE) 2018/848 y Reglamento Delegado (UE) 2021/771 (Controles oficiales de grupo).
1.- El grupo lo podrán formar agricultores y tienen que estar integrados bajo una entidad con personalidad jurídica y comercializar su producción de forma conjunta.
2.- El valor de la facturación de cada integrante del grupo está limitado:
A) El conste de certificación sea > 2 % de su facturación anual.
B) El valor de la facturación de producto envasado sea < a 25.000 € /año o el valor de la facturación sea < 15.000€/año del producto sin envasar.
3.- El tamaño de la explotación de cada agricultor que forman el grupo está limitado a 5 hectáreas de cultivos al aire libre; 0,5 hectáreas de cultivos en invernaderos y 15 hectáreas para pastos.
4.- Está limitado el número de agricultores que puede formar el grupo de certificación a 2000 y deben de estar situadas las fincas en lugares próximas geográficamente.
5.- El grupo debe de implantar un Sistema de Control Interno dotado de procedimientos y mecanismos que asegure que todo el grupo cumple con el Reglamento de Agricultura Ecológica.
6.- La auditoría externa del grupo se seleccionará al menos al 5 % del número de operadores con un mínimo de 10. El resultado de la inspección externa afecta a todo el grupo.
Otras novedades importantes:
Fuente: A en Verde
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